sesion11 marzo15Al celebrarse, en la ciudad de Saltillo, la centésima vigésima quinta (125ª) sesión ordinaria del Consejo General del ICAI, se resolvieron ocho recursos de revisión y se aprobaron 7 dictámenes de las resoluciones de los recursos de revisión.

Los recursos de revisión, son correspondientes a los Ayuntamientos de Allende  y de Torreón, así­ como la Secretaria de Gobierno, la Universidad Autónoma de Coahuila, Aguas de Saltillo y el Congreso del Estado de Coahuila.

í‰stos se resolvieron de la siguiente manera: En seis recursos se modificó la respuesta del sujeto obligado, en uno de los casos se requirió la entrega de la información y en uno se confirmó la respuesta emitida por la entidad pública.

En el recurso de revisión 023/15, un particular solicitó al Ayuntamiento de Allende información sobre todos los donativos a asociaciones civiles que ha realizado la dependencia entre el 1 de enero del 2014 y 26 de enero del 2015, así­ como especificar para qué fin fue donado el monto y si el recipiendario comprueba la utilización de ese gasto con algún documento, en caso de ser así­, el particular también solicita copia de la comprobación.

El Ayuntamiento de Allende dio respuesta al solicitante manifestándole que durante el 2014 solamente se brindo apoyo al cuerpo de bomberos de dicha ciudad, con la finalidad de sufragar gastos de los mismo, también agregó que en el 2015 no se ha realizado ningún donativo.

El solicitante interpone el recurso de revisión al quedar inconforme con la respuesta otorgada por la entidad pública, ya que comenta que él solicitó documentos que comprobarán cualquier tipo de donación en el que se especificara monto y destino de esa donación y no se le entregó nada.

El Consejo General, después de analizar el caso, votó por unanimidad modificar la respuesta del Ayuntamiento de Allende para que se ponga a disposición del solicitante la información y la modalidad que solicita.

En el recurso de revisión 044/15, un particular solicitó a Aguas de Saltillo copia de los últimos 12 recibos de sueldo del Gerente General Alejandro Osuna, así­ como un desglose de bonos, gratificaciones, compensaciones o cualquier otra remuneración entregada a dicho funcionario público.

El sujeto obligado dio respuesta al solicitante señalando que con lo señalado por la fracción I del artí­culo 3 de la Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Coahuila de Zaragoza, resulta completamente imposible proporcionar la información solicitada, ya que con el otorgamiento de la copia de los recibos de sueldo del Gerente General se estarí­a ventilando datos personales que afectan a la intimidad, entre otros.

Comentando también que en la página de transparencia de la empresa Aguas de Saltillo se encuentra publicado el tabulador de sueldos.

El ciudadano se inconforma con la respuesta interponiendo un recurso de revisión.

El Consejo General, después de analizar el caso, votó por unanimidad  modificar la respuesta de Aguas de Saltillo para que se de atención a la presente solicitud.

En la sesión también se aprobaron 7 dictámenes de las resoluciones de los recursos de revisión, de éstos, 4 son de cumplimiento y 3 de incumplimiento.

El dictamen de incumplimiento corresponden a los Ayuntamientos de Parras, Frontera y Candela.

En otro punto, el Consejero C.P. José Manuel Jiménez y Meléndez, Presidente de la Comisión de Asuntos Jurí­dicos del ICAI,  presentó el reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Coahuila de Zaragoza, el cual fue aprobado por unanimidad por el Consejo General del Instituto.

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