acuifero
Foto Vanguardia

CONAGUA.- A partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Decreto que establece como zona reglamentada al acuí­fero Allende-Piedras Negras, la explotación de las aguas subterráneas sólo podrán realizarla quienes cuenten con tí­tulo de concesión vigente emitido previamente por la Comisión Nacional del Agua (Conagua), informó Hugo Héctor Martí­nez González.
El Director Local de la Conagua explicó que aun cuando, de acuerdo con la información de los estudios técnicos, el acuí­fero cuenta con disponibilidad, el presidente Enrique Peña Nieto, emitió el citado documento con el objetivo de controlar de manera oportuna la extracción de agua y prevenir una posible sobreexplotación, situación que tendrí­a un impacto negativo en las actividades económicas y el medio ambiente.
El funcionario añadió que quienes cuenten con registro de volúmenes o hayan venido explotando las aguas subterráneas en dicho acuí­fero tiene 60 dí­as naturales, a partir de la publicación de la declaratoria, para solicitar el reconocimiento del volumen que hayan utilizado el año inmediato anterior, siempre y cuando lo acrediten conforme a la legislación vigente. Plazo que vence el próximo 31 de diciembre del presente año.
A fin de apoyar a los usuarios de aguas nacionales en los trámites relacionados con este acuí­fero, personal de la Dirección Local estará en la ciudad de Piedras Negras los dí­as 4, 5 y 6 de diciembre, de las 9:00 a las 18:00 en las oficinas del Observatorio Meteorológico, ubicado en Avenida Insurgentes No. 407, Col. Venustiano Carranza, concluyó el funcionario.

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