INAI-Instituto-Nacional-de-Transparencia-Acceso-a-la-Información-y-Protección-de-Datos-PersonalesEl Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) revocó la respuesta del Partido Acción Nacional (PAN), y le ordenó entregar información de la remuneración neta y el desglose de percepciones y deducciones de cada empleado del Comité Directivo Estatal de Yucatán.

El comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov presentó al Pleno del INAI un proyecto de resolución mediante el cual se declaró fundado un recurso de impugnación de un particular que solicitó al PAN conocer información sobre dichos sueldos.

En su respuesta y alegatos, el Comité Ejecutivo Nacional del PAN se declaró incompetente para dar una respuesta a la solicitud de información y orientó al particular a requerirla al Comité Directivo Estatal de Yucatán.

En su exposición ante el Pleno, el comisionado Monterrey Chepov señaló que este asunto ejemplifica cómo el INAI está brindando acompañamiento a los nuevos sujetos obligados, como son los partidos políticos, para el cumplimiento de sus responsabilidades de transparencia.

“Con la entrada en vigor de la Ley General de Transparencia, todos los entes que reciban y ejerzan recursos públicos, o bien realicen actos de autoridad, como es el caso de los partidos políticos, deben facilitar el acceso a la información que permita a los ciudadanos conocer acerca de las actividades que llevan a cabo, pues ello se constituye en un elemento indispensable para garantizar el buen desarrollo de la vida democrática del país”, añadió.

Durante el análisis del expediente se revisaron los documentos básicos del partido político y en particular los estatutos aprobados en su XVIII Asamblea Nacional Extraordinaria, que establecen que la Tesorería Nacional se encarga de recibir, distribuir, fiscalizar y comprobar los recursos recibidos tanto del financiamiento público federal, como del privado que reciba el Partido.

Asimismo, dicha Tesorería tiene la atribución de recibir de los presidentes de los comités directivos estatales, semestralmente o con la periodicidad que las autoridades electorales lo requieran, los informes sobre los ingresos y egresos del financiamiento público federal.

Por otra parte, derivado de una búsqueda de información en fuentes de acceso público, se localizó la “Revisión del Informe Anual 2014”, emitido por la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral,  del que se desprende que el Comité Ejecutivo Nacional del PAN sí conoce, cuando menos, los salarios de los dirigentes de los organismos estatales, lo anterior por medio de los reportes a la autoridad electoral.

Es decir, el PAN, a través de su Comité Ejecutivo Nacional, provee a la autoridad electoral de la información y los insumos para que lleve a cabo sus funciones de auditoría y fiscalización de los recursos ejercidos por los partidos políticos.

 “Se advierte claramente que el partido político, en virtud de las facultades que tiene su Tesorería Nacional de fiscalización y comprobación ante la autoridad electoral de los recursos de financiamiento, es competente para conocer de las remuneraciones y deducciones del personal que labora en sus órganos estatales”.

Por lo anterior, el Pleno del INAI revocó la respuesta del sujeto obligado y le instruyó que realice una búsqueda del desglose de todas las percepciones y deducciones, así como la remuneración neta de cada empleado del PAN en el estado de Yucatán, al 15 de junio de 2016.

En virtud de que la información requerida podría contener información de carácter confidencial, como lo son algunas de las deducciones, de conformidad con el artículo 113 fracción I de la Ley Federal de Transparencia, el PAN deberá entregar versiones públicas de las mismas.

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